Impuestos del negocio en Costa Rica
IVA, renta, CCSS y factura electrónica explicados sin enredos.
IVA: el impuesto que cobrás pero no es tuyo
El IVA es un impuesto sobre el consumo. La tarifa general es 13 %, con tarifas reducidas para algunos productos (como la canasta básica) y bienes o servicios exentos. Cuando vendés, cobrás IVA al cliente; cuando comprás para tu negocio con factura electrónica válida, pagás IVA que podés acreditar. Cada mes le trasladás a Hacienda la diferencia.
La consecuencia práctica: el IVA que cobraste no es ingreso tuyo. Apartarlo en cuanto cobrás evita quedarte sin plata el día de declarar.
Renta
El impuesto sobre la renta grava las utilidades o los ingresos según tu régimen y actividad. Cómo y cuánto pagás depende de si sos persona física con actividad lucrativa, sociedad o estás en un régimen simplificado. Esto es algo que debés definir con tu contador.
CCSS
La Caja cobra cargas sociales sobre salarios (parte del patrono y parte del trabajador) y los trabajadores independientes cotizan sobre su ingreso de referencia. Cumplir al día te da acceso a servicios de salud y pensiones, y evita multas y cobros.
Factura electrónica
Respalda tus ingresos y también tus gastos: sin factura electrónica a nombre de tu negocio, normalmente no podés acreditar el IVA de una compra ni deducir ese gasto. Pedila siempre, con tu cédula o la de tu empresa.
Ejemplo
Vendés ₡100 000 + 13 % de IVA = ₡113 000 y comprás insumos de ₡50 000 + ₡6 500 de IVA. El IVA a pagar es ₡13 000 − ₡6 500 = ₡6 500.
IVA de una venta de ₡100 000 (con compras de ₡50 000). Cobrás trece mil colones de IVA, pagaste seis mil quinientos en tus compras, así que trasladás seis mil quinientos a Hacienda.
Lo que tenés que recordar
- El IVA cobrado no es tu ingreso: apartalo.
- El IVA de tus compras se acredita solo con factura electrónica válida.
- Renta y CCSS dependen de tu situación: definila con un contador.
- Las tarifas y reglas cambian: verificá siempre lo vigente.
Contenido educativo general. No es asesoría financiera, legal ni tributaria: las tarifas y reglas cambian, así que confirmá los datos vigentes con Hacienda, la CCSS o tu contador.